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Recomendaciones para el desarrollo del Sagrilaft en el Sector Minero Colombiano

3 minutes
October 27, 2023

El desarrollo de un sistema de autocontrol y gestión del riesgo integral del lavado de activos, la financiación al terrorismo y el control al financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva LA/FT/FPADM, determinado por la Circular Externa 100-000016 de 24 de diciembre de 2020, modificada por las Circulares Externas 100-000004 de 9 de abril de 2021 y 100-000015 de 24 de septiembre de 2021 , es fundamental para cumplir con las regulaciones y leyes que combaten estas actividades ilegales del sector minero colombiano.

Debemos tener en cuenta que estos son requisitos cumplen con parámetros especializados y pueden variar según el subsector y la jurisdicción, el tipo de empresa su relación con el sector financiero o negocio que esté operando, porque depende del subsector minero a aplicar. Por ello las matrices de riesgo cambian en cada empresa por cuanto las contrapartes son diferentes en cada una de ellas.

Es fundamental que consulte con asesores legales y expertos en LA/FT/FPADM , para asegurarse de cumplir con todas las regulaciones y leyes aplicables en la situación específica.

Es importante seguir las mejores prácticas y estándares internacionales en la prevención de LA/FT/FPADM.

Los requisitos para desarrollar este tipo de sistema, pueden variar según la jurisdicción y las reglas específicas a las que estés sujeto según la matriz de riesgos y la segmentación elaborada, pero en general, aquí tienes una lista de pasos y requisitos comunes que debes considerar:

  1. Comprensión de las regulaciones y leyes colombianas: La persona natural (individuo) o Persona Jurídica (empresa), debe familiarizase con las regulaciones y leyes que rigen la prevención del lavado de activos y la financiación al terrorismo en Colombia. Esto puede incluir leyes nacionales y regulaciones internacionales emitidas por organismos reguladores pertinentes GAFI, GAFILAT, UIAF, DIAN, ANM y Superintendencia de Sociedades.

  2. Identificación de riesgos: Realice una evaluación integral de los riesgos de LA/FT/FPADM que enfrenta su organización. Esto incluye la identificación de áreas de mayor riesgo y la determinación de los factores de riesgo asociados LA/FT/FPADM.

  3. Políticas y procedimientos: Desarrollar políticas y procedimientos internos que establezcan las medidas y controles necesarios para prevenir y detectar actividades de LA/FT/FPADM. Estas políticas deben estar en línea con las regulaciones y leyes colombianas y los estándares emitidos por la ISO 31.000.

  4. Nombramiento de un oficial de cumplimiento: Designar un oficial de cumplimiento responsable de supervisar y garantizar la implementación efectiva del programa de prevención de LA/FT/FPADM.

  5. Capacitación: Proporcionar capacitación adecuada a los empleados para que estén al tanto de las políticas y procedimientos de prevención de LA/FT/FPADM y sepan cómo identificar y reportar actividades sospechosas.

  6. Debida diligencia del cliente: Establecer procedimientos para la debida diligencia del cliente, que incluyan la identificación y verificación de la identidad de los clientes, así como la evaluación continua de la relación comercial. Recomiendo se haga en cada operación.

  7. Monitoreo y detección: Implementar sistemas de monitoreo y detección de transacciones y actividades sospechosas que puedan estar relacionadas con el LA/FT/FPADM.

  8. Reporte a las autoridades: Establecer procesos para reportar actividades sospechosas a las autoridades competentes, en Colombia es Unidad de Investigación de Análisis Financiero UIAF, creada en 1999.

  9. Auditoría interna: Realizar auditorías internas periódicas para evaluar la efectividad del programa de prevención de LA/FT/FPADM y realizar mejoras si es necesario.

  10. Mantén registros adecuados: Llevar registros detallados de todas las transacciones y actividades relacionadas con los clientes, de manera que puedas demostrar el cumplimiento de tus políticas y procedimientos.

  11. Cooperación con las autoridades: Colaborar activamente con las autoridades en investigaciones relacionadas con el LA/FT/FPADM y cumple con las solicitudes de información y documentación que le hagan.

  12. Actualización constante: Mantener el programa de prevención de LA/FT/FPADM actualizado en función de las nuevas regulaciones y cambios en el entorno de riesgo.

LUIS FERNANDO BARRERA MARTÍNEZ

TP. 61.444 CSJ

MIEMBRO DELEGADO COMITÉ JURÍDICO

ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES DEL SECTOR MINERO COLOMBIANO APMC